La competencia de la comisión refiere a "dictaminar en todo lo vinculado a las políticas de desarrollo regional, migraciones,
estadísticas y censos, desarrollo humano, planificación demográfica, crecimiento urbano y rural y asentamientos poblacionales".
No obstante, durante el transcurso del año legislativo, el sello distintivo de la comisión resultó ser el tratamiento de proyectos
relacionados a la temática de los pueblos originarios; independientemente de que esta cuestión específica no figure siquiera,
entre las incumbencias que el reglamento de la Cámara prevé para la mencionada comisión.
En este sentido, uno de los proyectos presentados durante el transcurso del año plantea la creación de la Comisión de Pueblos
Indígenas, a fin de dar el tratamiento específico que dicha problemática exige en un marco de mayor interacción con quienes son
actores insustituibles para la construcción del marco normativo referido: los representantes de las propias comunidades
originarias.
Otro de los proyectos a destacar, en sintonía con la "cuestión indígena", es aquel que refiere al reconocimiento de cinco días
feriados a las comunidades aborígenes, de modo que sus miembros tengan la posibilidad de llevar a cabo sus prácticas religiosas
y culturales sin ver afectado su ingreso ni su desempeño laboral. Asimismo, se ha trabajado de manera conjunta con otros
legisladores en la elaboración de proyectos de sumo interés para las comunidades originarias como ser la Ley de Protección de
los Bienes y Productos de los Pueblos Originarios o aquel que establece el beneficio de gratuidad de los procedimientos judiciales
y/o administrativos para las mencionadas comunidades.
Si bien pudiéramos afirmar que la "cuestión indígena" monopolizó prácticamente la labor legislativa de la comisión, razón por
la cual propusimos la creación de una nueva instancia para su tratamiento, no podemos soslayar otras iniciativas que tuvieron
una posterior reelaboración de conjunto. Entre las cuales podemos destacar: el proyecto de modificación de la Ley de
Migraciones (Ley 25871), en relación a las penalidades que la misma establece, la introducción de variantes orientadas a la
autoidentificación de grupos étnicos y lingüisticos en la instrumentación del Censo Nacional de Población y Vivienda del año
2010/11, así como numerosos pedidos de informes elevados al Poder Ejecutivo que refieren a la problemática del desarrollo
poblacional.